30 de noviembre 2016

La reforma de los procesos de nulidad matrimonial del Papa Francisco consigue reducir el tiempo del procedimiento

“Nadie que no tenga dinero se va a quedar sin presentar su demanda de nulidad matrimonial”, asegura el Vicario Judicial de la Diócesis de Cartagena.

El 8 de diciembre se cumple el primer aniversario de la reforma ordenada por el Papa Francisco en los procesos de nulidad matrimonial. Ese día entró en vigor dicha reforma con el Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus (el Señor Jesús juez clemente). El Vicario Judicial, Gil José Sáez, ha explicado esta mañana en rueda de prensa cómo ha afectado esta reforma en los procesos de nulidad matrimonial en la Diócesis de Cartagena.
El balance de este primer año desde la reforma está marcado por un aumento del 20% de las demandas de nulidad matrimonial en el Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de Cartagena. Desde el 8 de diciembre de 2015 hasta el día de hoy, han sido admitidas a trámite en este Tribunal 82 demandas de nulidad y, además, se ha reducido el tiempo para dictar sentencia de 11 a un máximo de 8 meses.
En cuanto a las tasas del tribunal, Sáez ha asegurado que son de 1.160 euros reducibles al 75, 50 o 25% o con exención de las mismas para quienes no pueden hacer frente a las costas del procedimiento. “Nadie que no tenga dinero se va a quedar sin presentar su demanda de nulidad matrimonial”, ha asegurado el Vicario Judicial. Para ello, el Tribunal Eclesiástico tiene firmado un convenio con el Colegio de Abogados de Murcia. “Cuando una persona llega, nos cuenta su situación, que si ya es terrible a nivel personal se añade la situación económica de no poder hacer frente a nada. Nosotros la enviamos al Colegio de Abogados, y allí, presentando la documentación necesaria, se le asigna un abogado que es especialista en Derecho Canónico. A esa persona la nulidad le cuesta cero euros”, ha explicado Gil Sáez.
Otra de las novedades de la reforma es el llamado proceso breve, del que dicta sentencia el Obispo. El tribunal de la Diócesis de Cartagena ha concedido este año una nulidad por este proceso. Para ello tienen que darse varias premisas: que ambos cónyuges presenten de forma conjunta la demanda de nulidad, o uno con el consentimiento del otro; y que las pruebas ayuden a deducir con claridad que el matrimonio es nulo. La instrucción de estos casos debe realizarse en 30 días, transcurridos los cuales, el Obispo dicta la sentencia.
Entre las causas de nulidad que son más comunes están: la falta grave de discreción de juicio, es decir, la falta de madurez necesaria cuando se celebró el sacramento; la incapacidad de asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causa psíquica; por error en la cualidad de uno de los esposos, que se produce cuando el esposo o la esposa contrae matrimonio pensando que su cónyuge tiene una cualidad esencial para la vida matrimonial, y después, durante la convivencia matrimonial, descubre que no la tiene. Otras dos causas comunes de nulidad son por exclusión de la fidelidad y exclusión de los hijos en el matrimonio, estas dos últimas causas deben producirse ya antes de contraer matrimonio.
Durante este año judicial, que va de octubre de 2015 a octubre de 2016, se han dictado en el Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de Cartagena 59 sentencias, de las cuales 56 son a favor de la nulidad y 3 a favor del matrimonio.
Gil Sáez ha explicado, además, que éste no es el único trabajo que se realiza desde el Tribunal Eclesiástico, aunque supone el 70% del mismo, también se atienden reclamaciones de los fieles de competencia eclesiástica.

 

Volver a noticias

Suscríbete a nuestra lista y recibe semanalmente la publicación diocesana Nuestra Iglesia en tu correo electrónico.

Suscríbete

Información básica sobre protección de datos

Responsable del tratamiento

Obispado de Cartagena

Finalidad y legitimación

El tratamiento se realiza para la gestión de su solicitud y/o consulta a través de este sitio web. La base legitimadora es su consentimiento al rellenar y enviar el formulario y marcar la casilla de aceptación de la política de privacidad

Destinatario de cesiones

No se cederán datos a terceros, salvo que las excepciones legalmente previstas.

Destinatario de transferencia internacional

No se realizan transferencias internacionales.

Derechos de los interesados

A retirar su consentimiento en cualquier momento a oponerse al tratamiento, a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional

Información adiccional

Puede consultar aquí todos los detalles

Noticias relacionadas
  • RedMadre trabajará “mano a mano” con la Diócesis en contra del aborto
    XVIII miércoles del Tiempo Ordinario27 julio, 2016

    El Obispo de Cartagena, Mons. José Manuel Lorca Planes, se ha reunido esta mañana con la presidenta de RedMadre en Murcia, Chechu Romero, para hablar de diferentes temas. “Queremos trabajar...

    +
  • Voluntarios de Cáritas, la grandeza de los que se entregan generosamente a los demás
    lunes del Tiempo Ordinario14 noviembre, 2016

    Voluntarios de Cáritas de toda la Diócesis de Cartagena acudieron el domingo al cuarto encuentro diocesano que tuvo lugar en el Colegio Maristas de la Fuensanta de Murcia. Más de...

    +
  • Un verano de cine
    XVIII miércoles del Tiempo Ordinario31 julio, 2019

    Con la llegada del calor, los cines de verano y las videotecas son una opción apetecible para poder disfrutar del tiempo libre que acompaña a estos meses estivales. Por eso...

    +
  • Una experiencia inolvidable, una experiencia de Dios
    XX miércoles del Tiempo Ordinario10 agosto, 2022

    Unos 110 jóvenes de la Diócesis de Cartagena han participado en la Peregrinación Europea de Jóvenes. Comunión, encuentro y esperanza, son algunas de las palabras con las que el delegado de...

    +