El octavo capítulo del Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (DSI) se ocupa de todo lo que tiene que ver con la comunidad política; y, llegando a sus números finales, nos presenta a dicha comunidad como servidora de la sociedad civil.
En estos tiempos revueltos y un tanto convulsos en cuanto a la actualidad política en nuestro mundo, y concretamente en nuestro país, vemos con asombro y estupor el momento concreto en que la realidad política pasa de servir a la sociedad civil a servirse de ella; o al menos esa es la percepción que los ciudadanos reciben de haberse dado ese paso.
La DSI nos recuerda dos cuestiones fundamentales de esta frágil relación. Por un lado, resalta la primacía de la sociedad civil en cuanto realidad autónoma, de la cual forman parte todos los individuos en cuanto que buscan el bien común, y de donde se deriva la comunidad política, que se sitúa en un segundo momento de la realidad social. Por otro, la primacía y preeminencia absoluta de dicha sociedad civil por delante de la comunidad política, quien le debe otorgar el marco de libertades, derechos y deberes a la altura de su valor y realidad.
Y por encima de todo, es el principio de subsidiariedad, del cual ya hemos hablado en otras ocasiones, el que rige las relaciones entre ambas realidades y asegura que la vida política y democrática de los pueblos nazca en el lugar debido, en el tejido social, donde los ciudadanos velan por la consecución de los derechos de la persona, la libertad, la dignidad y los demás bienes que Dios ha dispuesto para el hombre desde el inicio de la creación.