

Decretos y nombramientos del obispo de Cartagena
A) PARROQUIAS/IGLESIAS
5 de marzo de 2025
• Parroquia Nuestra Señora del Socorro (La Ñora). Vista la solicitud presentada por el Rvdo. D. José Ruiz García, párroco de Nuestra Señora del Socorro de La Ñora (Murcia), en la que se pide la aprobación, si procede, de los estatutos por los que se ha de regular en su gestión y funcionamiento el Cementerio Parroquial Nuestra Señora del Paso, de dicha localidad. Una vez examinado el contenido y considerando que responden a lo establecido en las normas diocesanas en vigor, por el presente decreto, aprobamos los estatutos de dicho cementerio, quedando vinculado a la Parroquia Nuestra Señora del Socorro de La Ñora (Murcia).
6 de marzo de 2025
• Parroquia de Nuestra Señora del Socorro (La Ñora). Vista la solicitud presentada por el Rvdo. D. José Ruiz García, párroco de Nuestra Señora del Socorro de La Ñora (Murcia), por el presente, nombramos a los miembros de la Junta del Cementerio Parroquial Nuestra Señora del Paso de la localidad de La Ñora, que, bajo la presidencia del párroco, Rvdo. D. José Ruiz García, estará compuesta por los siguientes miembros: vicepresidente, D. Juan Ignacio Cano Ortín; secretario, D. Alejandro Hellín Gil; tesorero, D. Juan García Castillo; y vocales, Dª. Laura Rodríguez Martínez y D. Antonio Miguel Cano Gómez.
B) ASOCIACIONES DE FIELES Y FUNDACIONES
7 de marzo de 2025
• COF-0001
1. Aceptación de la renuncia y declaramos extinguido, el mandato de Dª. Dolores María Ramírez Perea, como Presidente/Legal Representante de la HERMANDAD DE LA SANTÍSIMA CRUZ de Abanilla, con efecto desde el 28 de febrero de 2025.
2. Designamos, al amparo del canon 318 §1 del Código de Derecho Canónico, una comisión para que, en nuestro nombre, asuma y dirija, junto a la representación y administración ordinaria de dicha hermandad, el proceso de provisión del cargo de presidente, en los términos previstos en sus vigentes estatutos.
2.a. La comisión episcopal estará compuesta por:
- Rvdo. D. Juan Domingo Pérez Sánchez-Cortés, cura párroco de San José de Abanilla, quien asumirá, junto a las funciones previstas en el Código de Derecho Canónico para los capellanes (can. 566), las específicas determinadas en el artículo 35º de los vigentes estatutos, y en el capítulo X, artículos 36-37, del Directorio para Cofradías Pasionarias y Hermandades de Semana Santa de esta Diócesis de Cartagena.
- Dª. Carmen Cascales Gambín, que asumirá las funciones propias de presidenta/legal representante de dicha hermandad, previstas en el artículo 34º.1), y las correspondientes a la administración ordinaria (arts. 34º, 52º-56º), así como, en cuanto fuere necesario, las demás reconocidas en los vigentes estatutos a la junta de gobierno y a sus diversos cargos (arts. 29º, 38º, 47º-51º).
- D. Francisco Antonio Tovar Ruiz, que asumirá, junto a las funciones previstas en el artículo 38º para el vicepresidente, las demás referidas en el párrafo anterior.
2.b. Los aquí designados podrá delegar, con el visto bueno del consiliario, las funciones previstas para los cargos de la junta de gobierno en los artículos 38º, 47º, 48º, 49º, 50 y 51º de los estatutos, en otros miembros de pleno derecho de la hermandad.
2.c. Durante el período de vigencia del presente decreto, la comisión organizará, conforme a los vigentes estatutos, oportuno proceso electoral para provisión de la presidencia de la hermandad.
2.d. Los nombramientos aquí establecidos, y los que de ello se deriven, tendrán una vigencia de dos años, durante los cuales la comisión episcopal deberá llevar a cabo los cometidos aquí imperados.
DISPOSICIÓN FINAL- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su fecha y mantendrá su vigencia por el plazo determinado en el apartado 2.d de su parte dispositiva y, en todo caso, hasta la finalización de oportuno proceso de provisión de presidente mediante elección, y necesaria confirmación, conforme a derecho, por la autoridad eclesiástica.
• COF-0181 Confirmación de elección y nombramiento de D. Mateo Gris López como hermano mayor/presidente de la Cofradía del Santo Sepulcro de Águilas, con vigencia hasta el 1 de junio de 2027. Declaramos extinguido, conforme a derecho (can. 184, 186), el mandato del anterior hermano mayor/presidente, D. Andrés López García.
• COF-0249 Confirmación de reelección y prórroga de nombramiento de D. Rubén Mejías Nicolás como presidente de la Cofradía de San Juan Evangelista de Cabezo de Torres (Murcia), con vigencia inicial hasta el 10 de diciembre de 2027.
• COF-0500 Aprobación de la modificación de los artículos 1º y 6º de las constituciones de la Hermandad de Nuestra Señora del Olvido de Murcia, sobre aprobadas definitivamente por nuestro decreto de 21 de febrero de 2014 (Ref. Prot. S. Nº 190/14). En su virtud, autorizamos el cambio de denominación de la entidad, que pasará a ser, a todos los efectos: Hermandad del Santísimo Cristo de las Lágrimas y Nuestra Señora del Olvido.
8 de marzo de 2025
• CAB-0011 Incorporamos, a todos los efectos, a la Hermandad de la Virgen Blanca a la federación de asociaciones públicas de fieles Agrupación de Cofradías de Semana Santa de Caravaca de la Cruz. En su virtud, establecemos la composición de dicha federación conforme al artículo 9º de sus estatutos, a nuestro decreto de 2 de marzo de 2023 (Ref. Prot. S. nº 211/23), y a la documentación ahora presentada, por las siguientes asociaciones públicas de fieles, de Caravaca de la Cruz: Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno; Cofradía de la Purísima Concepción y Santísimo Cristo de la Misericordia; Cofradía de San Juan Evangelista; Cofradía de Nuestra Señora de los Dolores; Cofradía de Nuestra Señora de la Soledad; Cofradía del Santísimo Cristo de los Voluntarios; y Hermandad de la Virgen Blanca. Instamos a todas las asociaciones miembros de la federación al cabal cumplimiento de lo dispuesto en los estatutos de la misma, promoviendo la sincera comunión eclesial, para lo que, a los efectos del canon 305 §1, y de los artículos 4º.1 y 44º.1 de los estatutos de la federación, esta facilitará periódicamente a la Delegación Diocesana competente, la información precisa para verificación del apropiado funcionamiento institucional.
Secretaría General del Obispado de CartagenaVolver a noticias
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